Escriben Rodrigo Genta y Juan “Maxi” Santos militantes estudiantiles de Formación en Educación
El lunes 28 de marzo se difundió públicamente la resolución del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) 0355/022 en el que aprueba una serie de documentos relativos al reconocimiento voluntario de los títulos universitarios por parte de la secretaría de Estado. Según Pablo da Silveira, estaban esperando que el soberano se expresara para poner en acción lo dispuesto y brindar la organización requerida por el mecanismo que estaba previsto en el artículo 198 de la Ley de Urgente Consideración (LUC) N° 19.889.
Según el propio ministro este reconocimiento constituye un objetivo más de la transformación educativa que llevará a cabo el gobierno, como el documento llamado “Compromiso por el país” (Noviembre, 2019) lo anticipa; así como también lo constituye el fortalecimiento del MEC como rector de la política educativa.
Desde la necesidad de profundizar en el análisis del actual “proyecto conservador”[1] en materia educativa nos proponemos trazar las generalidades más relevantes de este mecanismo, presentar una crítica y algunas conclusiones o preocupaciones que entendemos son necesarias para pensar una educación en clave de derechos y en la materialización de esa visión.
¿Qué propone la resolución aprobada por el MEC?
Poniendo en foco lo que plantea la resolución a partir de los documentos centrales que aprueba, podemos decir que concierne a la creación de una normativa que reglamenta el mecanismo de reconocimiento de nivel universitario de carreras de formación en educación impartidas tanto por instituciones públicas terciarias no-universitarias como por universidades privadas.
Para ello, las instituciones se deben presentar ante la ANEP y el MEC, quien creará un Consejo -que hasta el momento no funciona- para poder evaluar “técnicamente” la solicitud. Este Consejo que menciona la resolución, se integrará con tres personas nombradas por el Poder Ejecutivo -es decir, políticos designados-, otra que representará a las universidades privadas, otra más en representación de la ANEP -esto es, otro cargo político- y, por último, una persona en la misma calidad respecto a la UDELAR. Seis miembros en total -claro está, todos idóneos-.
Si avanzamos en los documentos, se nos presentan los criterios de calidad para un título de Licenciatura en Pedagogía, otorgado tras una prueba de certificación final estándar realizada por un organismo externo (INEEd). El título sería sólo para profesores y maestros, aunque si no salvan este trámite, tendrán el título que los habilita a ejercer como educadores pero no gozará de carácter universitario. En el caso de los docentes, la especificidad -por ejemplo en historia- sería una mención. Todo esto en al menos 3000 horas de cursado en 4 núcleos de formación, teniendo presente que el mínimo en la distribución del contenido específico en educación media sería de 800 horas menos que los demás núcleos.
Para poder acceder a estos títulos por carrera y por sede, es necesario que la mitad del cuerpo docente tenga una maestría y que un quinto tenga un doctorado, entre otras exigencias porcentuales. De no haber docentes con esas características para dictar clases presenciales, hasta un tercio podrán brindarse de forma virtual -probablemente en el interior sean docentes de Montevideo quienes así lo hagan-.
De no cumplir con esta gama de requisitos, el MEC se haría cargo de brindar apoyos -recursos humanos, fondos, consultorías, conectividad, equipos informáticos, etcétera-; incluso a instituciones universitarias privadas.
Si para el 2023, estás en cuarto, tercero, o segundo, y la carrera que cursas en un centro de formación en educación pide el reconocimiento de carácter universitario, la resolución propone que se hagan planes adaptados para que quienes están en esas condiciones, aunque no curses cuatro años de formación universitaria, igualmente puedas aspirar a ser reconocido como un licenciado en pedagogía.
A dónde vamos a parar
En dos oportunidades el Frente Amplio (FA) intentó crear una Universidad de la Educación, es decir, un nuevo ente autónomo, pero como carecía de la mayoría parlamentaria necesaria para ello, no se pudo concretar. La oposición en ese momento no apoyó la iniciativa porque estaba en desacuerdo con que dicha institución tuviera un cogobierno análogo al que existe en la UDELAR. Este mecanismo no es vanguardista, el MEC hace años puede reconocer el carácter universitario de títulos otorgados por diversas instituciones no-universitarias -privadas y públicas-. Pero, ¿por qué no simplemente crear una Universidad de la Educación con un modelo de gobernanza diferente al de la UDELAR? De acuerdo con el ministro Pablo da Silveira porque ese camino iba a retrasar muchos años el reconocimiento del carácter universitario de las carreras de formación en educación -¿una demanda urgente de quiénes?-, y porque no siempre es necesario crear una institución para alcanzar un objetivo como el que persigue este mecanismo.[2]
Ahora bien, entre la instalación de un mecanismo de reconocimiento voluntario del carácter universitario de las carreras de formación en educación y la creación de una universidad de la educación, existe un abismo insalvable: en esa transición se pierde la posibilidad de crear una institución universitaria autónoma y cogobernada. A un mismo tiempo se abre la puerta a una fragmentación curricular inusitada en tanto no son las instituciones -como el IPA o Magisterio- las que gozan de ese reconocimiento sino las carreras impartidas por ellas. Debido a esto puede haber en un centro o región algunas carreras que sean universitarias y otras no, e incluso puede haber carreras que en un centro o región posean carácter universitario pero que en otros no lo tengan. Esta problemática es probablemente suceda en tanto que los requisitos establecidos -principalmente aquellos relativos a la composición del cuerpo docente- por el MEC, aun teniendo en cuenta los apoyos que éste pueda brindar a los solicitantes, difícilmente serán satisfechos por la mayoría de carreras de formación en educación impartidas por instituciones públicas.
Luego, instituciones como las universidades privadas podrán ofrecer carreras de formación en educación que tengan el reconocimiento universitario acreditado por el MEC en ausencia de una alternativa pública con dicho carácter. Gracias a este mecanismo podrán vender ofertas curriculares más atractivas y, en muchos casos, en ausencia de una opción pública equivalente. Teniendo en cuenta la naturaleza de las demandas a las que responde la instalación de este mecanismo no resulta sorprendente la falta de justificativo relativo a la destinación de recursos públicos para financiar empresas privadas y que no exista ningún criterio de prioridad en cuanto a las ayudas que brinda el MEC que ponga en primer lugar a las carreras de formación docente impartidas por instituciones públicas y en segundo lugar a las universidades privadas, siendo que son ellas quienes podrán cumplir los requisitos que establece el MEC con mayor facilidad y no las instituciones públicas.
Eventualmente carreras de formación en educación habilitadas por la ANEP para ser impartidas por instituciones privadas podrían gozar de un carácter universitario que las mismas carreras impartidas por la ANEP no poseen, ¿eso sería justo? Además, deben considerarse las consecuencias que tendrá para el ejercicio de la profesión puesto que una licenciatura equivale a cierta acreditación de méritos. Sería autoflagelante no aspirar a cursar una carrera de formación en educación de carácter universitario o rehusarse a demandar que las carreras impartidas por la ANEP cumplan con los lineamientos curriculares establecidos por el MEC; dicho esto, bien puede interpretarse el mecanismo en cuestión como una forma de coacción externa por parte del MEC hacia la ANEP.
En otro orden, debemos poner en cuestión la integración del consejo creado para la evaluación de las carreras que solicitan el reconocimiento del carácter universitario de la formación ya que en él termina campeando una mayoría política circunstancial, siendo un organismo técnico en donde la UDELAR debería tener un mayor peso dado el lugar que ocupa en la formación de profesionales y el bagaje que tiene. Nosotros pensamos que la actual conformación no podría actuar con independencia y autonomía para la valoración que debería realizar.
Por otra parte entendemos que hay una desvalorización del proceso de formación en favor de la certificación final realizada por un organismo externo como el INEEd. Esto lo comprobamos en la vía concebida para la finalización de la carrera, ya que, aunque se pierda dicha prueba, de todas maneras se le otorgará a los estudiantes un título habilitante para el ejercicio de la profesión, pero no universitario, generando por la misma formación de base dos categorías de profesionales.
Además, podemos señalar que no hay una instancia que consagre de forma sintética las herramientas adquiridas durante el proceso de formación en un producto final, cosa que el instrumento de certificación, es decir, la prueba de salida diseñada por el INEEd, no hace. Ésta evaluará competencias que debería tener cualquier egresado de bachillerato, como manejar el idioma español, o que no son una condición indispensable para el ejercicio de la docencia y uno puede adquirir espontáneamente sin mayores esfuerzos, como saber manejar las herramientas del plan Ceibal -en vez de destrezas relativas a la extensión y la investigación que son rasgos característicos de una cultura universitaria-.
Aun así se presenta un título en donde no se entiende ni se fundamenta la idea de “Pedagogía”, dando a entender que la especificidad es secundaria, por ejemplo solo tiene un grado de mención, además de que el piso de la especificidad que se propone es abrumadoramente menor del actual en las carreras de formación en educación. El énfasis, evidentemente, no está puesto en la formación específica; esto va en consonancia con la reforma curricular que la administración busca llevar a cabo en Secundaria -por ejemplo, en lo relativo a la formación por áreas-.
Llegando al final de un primer análisis sobre esta resolución del MEC, podemos ver que además de la fragmentación posible que se podría dar en la formación en educación pública, se desarrollaría por la falta de cualificación docente en varios centros e institutos, un centralismo virtual ya que al avalarse el trabajo a distancia en un tercio de la carrera que no tengan la plantilla docente en un territorio, resulta muy probable que docentes de la capital tengan esas horas.
Entonces, más allá del Referéndum
En síntesis, entendemos que a partir de este primer análisis de la acción orientada hacia la formación en educación por parte de las autoridades, no son en favor de mejorar nuestra educación pública, sino que responde a una demanda de las universidades privadas. También entendemos que sin una verdadera Universidad, autónoma y cogobernada, que tenga como centro la propia institucionalidad y no la certificación de un “nivel” -lenguaje que encierra desprecio hacia nuestra formación histórica-, es la riqueza, actual y potencial, de la formación de los educadores la que se ve coartada por este mecanismo. Es por eso que, desde los estudiantes organizados, tenemos que fortalecer la organización y movilización estudiantil para expresar la urgencia de esta institución -es decir, la Universidad de la Educación-, a toda la sociedad, teniendo presente que ésta no llegará si no va acompasada de una mayor participación en los espacios existentes de acción para quienes estudian en la órbita del CFE, como tampoco en la ausencia de nuevos ámbitos de reflexión y acción junto a docentes y funcionarios que prefiguren la práctica efectiva futura del cogobierno.
[1]Martinis, P. (Coord.). (2022) ¿Se acabó el recreo? El proyecto educativo conservador. Ciudad de la Costa, Uruguay: Sujetos
[2] Pablo Da Silveira, MEC: «En el FA se jugaron al referéndum en vez de dialogar.¿Ahora se les ocurre?», En perspectiva,11 de abril de 2022. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=HgP9xrRAxZM&t=1636s