Escribe Mónica
La financiación de la política y de la publicidad electoral debe estar rigurosamente controlada. Ese es el eje central del proyecto de Ley que se está elaborando en una comisión especial del Senado de la República, que consta de más de 30 artículos que modifican la legislación vigente para garantizar la trazabilidad y transparencia. Veamos los cinco puntos clave:
Primero: solamente las personas físicas – debidamente identificadas – estarán autorizadas a realizar aportes a los partidos políticos, sectores internos y listas de candidatos. Quedan excluidas de realizar ningún tipo de contribución las empresas y cualquier tipo de persona jurídica. Hasta ahora, los representantes del Partido Nacional no están de acuerdo con esta propuesta.
Segundo: todas las donaciones en dinero deberán ser realizadas por medio de pago electrónico. Si la donación es de servicios materiales o de otra especie que no sea dinero, se debe identificar donante, objeto de la donación y asentar en registros contables un valor estimado de la misma mediante certificación contable. A estas limitantes se suma el tope por aporte: el máximo de donación por donante será de 300.000 UI (al día de hoy equivalente a un millón cien mil pesos) para las campañas electorales. Como referencia, la mitad de los aportes para la campaña electoral de 2014 estuvo compuesta en igual medida por aportes de empresas y aportes sin registro de procedencia. Esto no puede seguir así.
Tercero: tampoco podrán aportar las empresas de televisión, la prestación de servicios de comunicación en forma desigual a los partidos políticos, configurará una donación encubierta prohibida por la ley. Una falta de este tipo será sancionada con la pérdida de la autorización para prestar servicios de comunicación.
Es una disposición tan clara como severa que pone fin a inequidades de los operadores privados en favor de los partidos tradicionales. El informe técnico sobre transparencia y financiación de los partidos políticos https://goo.gl/9PFZ9j realizado por la Universidad Católica, el periodístico “No toquen nada”, FESUR y Uruguay transparente, demuestra que al cruzar datos de pauta con los ingresos declarados ante la Corte Electoral, los canales privados manejan tarifas diferenciadas para los distintos partidos y eso puede ser «considerado una donación económica encubierta de los medios a los partidos favorecidos con segundos más baratos o gratis». La otra hipótesis que maneja el mismo estudio “es que exista una subdeclaración de gastos en medios de comunicación que podrían funcionar como forma de equilibrar las declaraciones juradas que se hacen ante la Corte Electoral”. Ninguna de las dos posibilidades resulta inocua, ni saludable, ni asegura reglas de juego claras y parejas para todas las partes, ni tampoco nadie desmintió ninguno de estos graves hechos. Queremos aprobar esta Ley para ponerle fin a estas prácticas indeseables.
Cuarto: fijar tarifa plana para la propaganda electoral en televisión, tanto de aire como de cable, mediando una institución como la Corte Electoral para su gestión. Expresamente, se prohíbe a los partidos políticos la adquisición en forma directa o indirecta, y a cualquier título, publicidad o propaganda electoral en televisión abierta o por cable.
Quinto: la financiación de la actividad política también debe promover la mayor participación política de la mujer, para alcanzar la paridad, que estimule las listas encabezadas por mujeres y que efectivamente ocupen los cargos.
Lo del inicio, es impostergable aprobar el proyecto a estudio en el Senado para terminar con históricas omisiones y opacidades, que generan desequilibrios, que inciden en los resultados electorales y desvirtúan la actividad política.