El miércoles 5 de julio se votó por unanimidad cambios a la Ley de Riego
SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra.
SEÑOR PARDIÑAS.- Señor presidente: en primer lugar, quiero suscribir en todo el informe realizado por el senador Garín, en el sentido de que refleja el trabajo que se llevó adelante en el ámbito de la comisión y, fundamentalmente, que ese trabajo involucró a diferentes actores de la realidad productiva y social de nuestro país.
Este proyecto de ley fue remitido por el Poder Ejecutivo y contó con un fuerte involucramiento del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Es decir que se trata de un enfoque que va más allá –al contrario de lo que se pudo haber pensado– de las normativas referidas a un sector de la producción, que en este caso es el sector agropecuario. Eso es lo primero que queríamos dejar claro, porque se trata de integrar el tema del agua en una política más amplia que viene desarrollando el Gobierno y que refleja que hoy estemos en la construcción de un plan nacional de agua. Eso no es menor, porque parte de una mirada que apunta a comprender y sustentar que el agua es un elemento relevante para la salud y para la vida. En esto hay una cuestión que es sustantiva: el concepto de que el agua y la salud de la población son dos cosas indispensables. La disponibilidad de agua de calidad es una condición indispensable para la propia vida y, más que cualquier otro factor, la calidad del agua condiciona la calidad de la vida
Entonces, estos temas están en la base de esta discusión; no se trata de una discusión aislada de ese concepto fundamental, que en nuestro país ha venido siendo construido bajo diferentes formas. No debemos olvidar que lo que hoy tenemos en el país es una de las coberturas de agua potable más importantes del continente, con un consumo promedio de agua por habitante de 120 a 150 litros por día; que el 99,4 % de nuestra población cuenta con una fuente de agua mejorada dentro o fuera de la vivienda y que, según datos del INE, el 96 % de la población tiene acceso a agua potable a través de la red de abastecimiento. No es menor todo esto que tenemos en nuestro país, y es una de las características en las que se inscribe un proyecto de ley como el que estamos considerando; es decir, la concepción de que el agua es un derecho humano fundamental. Es con esa mirada y respetando una norma relevante en nuestra Constitución de la república –el artículo 47–, que hoy se trae este proyecto de ley.
Creo que es bueno remarcar, siendo un país tan pequeño –como es el nuestro–, estamos realizando conductas muy distintas a las que hoy marcan líderes y referentes de grandes naciones o países imperiales. Esto se enmarca en los compromisos firmes que, como país, hemos asumido con el desarrollo sustentable, como el ratificado el año pasado en la cumbre de París. Esa es la visión con la que estamos trabajando; esa es la construcción política con la cual se encara la reforma de la ley de riego agrario, la n.º 16858. Es decir que estamos ratificando compromisos que nuestra nación llevó adelante a nivel internacional con respecto al desarrollo sustentable.
Esto genera una mirada amplia, como la que se está tratando de construir con el plan nacional de aguas, abordando el tema del agua de una manera integral, con una mirada estratégica de largo plazo, abriendo caminos a una nueva forma de vinculación de recursos hídricos con el desarrollo sustentable.
A su vez, señor presidente, esto implica un cambio de paradigma en la planificación sectorial practicada históricamente en este país: se pasa a una visión integral que reconoce la interacción y la influencia de las diversas actividades cuando hablamos de un recurso tan importante como el agua, elemento natural que en el país cuenta con normativa desde hace muchísimos años. Como bien expresó el doctor Guerra –catedrático de derecho agrario– en la comisión: «¡Pensar que tuvimos una legislación del agua que duró más de cien años y nunca se aplicó! Me refiero al Código Rural de 1875».
Quiere decir que hay una historia de normativas en nuestro país, pero no siempre fueron aplicadas o puestas en utilidad para cuestiones tan fundamentales como son los servicios y los derechos humanos. Esto también tiene que ver con las políticas públicas que se llevan adelante en diferentes ámbitos: en el plano sectorial –tal como el que estamos analizando– y en el plano más integral, que es el plan nacional de aguas. Tiene que ver, asimismo, con las políticas que nuestro país desarrolla desde el punto de vista de los compromisos internacionales.
Por otra parte, esta propuesta contempla avances para la gestión, porque justamente existe una mirada en el sentido de que los sistemas de gestión del agua son mecanismos de solución de conflictos entre los usos cada vez más competitivos de este elemento y la necesidad de respetar límites que impone la naturaleza. Tal como expresó el senador Garín, muchas veces tenemos limitaciones desde el punto de vista productivo y de los abastecimientos de agua, además de los conflictos que hay por el uso.
Entonces, tener sistemas de gestión es importante para arbitrar en esos procesos, y eso es parte de lo que recoge esta propuesta normativa, es decir, que los problemas del agua no se resuelven solo a partir del agua, ya que se encuentran relacionados con los problemas generales de la sociedad.
Como bien señaló el senador Pintado, en la comisión se recibió a actores sociales que plantearon otra mirada en los temas de gestión y uso del agua. Esto llevó, como dijo el senador Castaingdebat, a que se fueran generando espacios para armonizar y articular las diversas miradas, de manera de desarrollar el proyecto de ley de la mejor manera posible.
En esta mirada que queremos darle al tema, hay un aspecto relevante que me gustaría mencionar: la concepción del régimen hidrológico natural como fundamental para el funcionamiento de los ecosistemas. En ese sentido, la aplicación del caudal ambiental –concepto que se está desarrollando fuertemente y aplicado a las políticas de sustentabilidad– se incorpora en esta normativa. Lógicamente, el avance en la reglamentación nos permitirá garantizar que los recursos hídricos sean utilizados en la producción con un correcto funcionamiento en los ecosistemas.
Estos son parte de los elementos que queríamos remarcar y destacar en el debate de este proyecto de ley. Aspiramos a que la generación de una normativa moderna y adecuada como la que estamos planteando sea de utilidad y aplicación; que no ocurra –en lo referido al agua- lo mismo que con el Código Rural de 1875, que fue letra muerta. Esperamos que sea letra viva, que se aplique, que permita avanzar en la construcción de un plan nacional de aguas y en el uso de un recurso tan importante, que ayude al desarrollo productivo de nuestro país y que nos inserte en la aplicación de políticas de compromiso internacional, como la que refiere a la adaptación al cambio climático y su mitigación.
Al respecto, queremos rescatar el objetivo general y el enfoque con que nuestro país está construyendo la política nacional de adaptación y mitigación frente al cambio climático. Este enfoque expresa que la política: «”Debe contribuir al desarrollo sostenible del país, con una perspectiva global, de equidad intra e intergeneracional y de derechos humanos, procurando una sociedad más resiliente, menos vulnerable, con mayor capacidad de adaptación al cambio y a la variabilidad climática, y más consciente y responsable ante este desafío, promoviendo una economía de bajas emisiones de carbono, a partir de procesos productivos y servicios sostenibles ambiental, social y económicamente, que incorporan conocimiento e innovación”». Y es en este paraguas en el que se ampara esta política pública y en el que se circunscribe el proyecto de ley que estamos analizando.
Una de las líneas de acción de esa política, que quiero mencionar, es la siguiente: «Diseñar y aplicar instrumentos normativos, financieros y fiscales, así como alianzas público-privadas, que faciliten la integración del enfoque de mitigación y adaptación al cambio y variabilidad climática en los planes y políticas públicas sectoriales y en las acciones de las instituciones privadas y de la sociedad civil». Justamente, es en esa línea de acción que está inserto el proyecto de ley.
Como ya se informó, se plantea la creación de sociedades agrarias de regantes, de asociaciones de riego y el otorgamiento de concesiones públicas para el uso de este recurso, y se establecen las obligaciones que implican dichas concesiones, tanto para el que la obtiene, como para aquellos que son usufructuarios. Con esa mirada de integración de lo público y lo privado es que se procura desarrollar la adaptación y la mitigación del cambio climático.
Nuestro país fue reconocido en la cumbre de París, entre otras razones, porque pudo llevar evidencias de que venimos reduciendo la emisión de gases con efecto invernadero a la atmósfera. Esto es un ejemplo de la línea de acción que se quiere construir cuando discutimos proyectos de ley como este o consideramos el Plan Nacional de Aguas, que ha venido siendo analizado con todos los comités de cuencas que están funcionando en el país.
Cuando hablamos de la dimensión productiva debemos tener presente que los recursos naturales tienen que ser respetados y manejados con mucho cuidado, pero no pueden ser dejados de utilizar en la producción, porque es lo que nos va a permitir el desarrollo y el crecimiento.
Es en esas líneas de acción productiva de la política de adaptación al cambio climático que se inserta este proyecto de ley.
Simplemente vamos a reseñar tres de ellas.
La primera dice: «Fortalecer la adaptación al cambio y variabilidad climática como estrategia fundamental en los sistemas de producción agropecuaria, atendiendo en particular los procesos de intensificación sostenible». No hay duda que, si somos más en el mundo y nuestro país puede tener un rol más significativo e importante en garantizar alimentos –en esa necesidad de soberanía alimentaria que debe tener el planeta y no solo nuestra población–, hay que desarrollar e intensificar en forma sostenible nuestro sistema de producción.
La segunda línea de acción dice: «Fortalecer el diseño e implementación de medidas de adaptación a los sistemas de producción agropecuaria, en especial la inclusión de fuentes de agua, forrajes y medidas de manejo predial». Ahí también está la línea de aplicación de este proyecto de ley.
La tercera línea de acción dice: «Fortalecer la implementación de los planes de uso y manejo del suelo para reducir la erosión y conservar la materia orgánica en tierras agrícolas, atemperando adicionalmente la pérdida de nutrientes hacia los cuerpos de agua». Esto, que hoy es una política pública fuertemente desarrollada en nuestro país, recoge normativas de ya larga data aquí –como bien señaló en el informe el señor senador Garín–, pero que también eran letra muerta. Los planes de uso, conservación y manejo del suelo que se aplican en el área agrícola y que se están desarrollando fuertemente para la cuenca del río Santa Lucía en lo que tiene que ver con la producción lechera, son elementos sustantivos cuando hablamos del manejo del agua y de la legislación sobre el uso del agua en la producción agropecuaria. Es en ese enfoque en el que estamos proponiendo este proyecto de ley para que el Senado apruebe.
¿Por qué estamos hablando de riego agrícola? Porque, según datos del año 2015, la producción agropecuaria contribuyó en un 12,4 % al Producto Interno Bruto y, según datos del año pasado, contribuyó con el 78 % de los bienes que exporta nuestro país. Es por eso, también, que se necesita que esté presente el uso del agua en la producción agropecuaria.
¿Por qué se habla particularmente de la producción agrícola? Porque, según la información oficial que se maneja y que es conocida por quienes están vinculados al sector, en el año 1990 la ganadería ocupaba 14:500.000 hectáreas y en 2011, 13:300.000, es decir que disminuyó al 91 %. Sin embargo, en el año 1990 la agricultura ocupaba alrededor de 690.000 hectáreas y en 2011 llegó a 1:604.000 hectáreas, o sea que creció en un 231 % el área agrícola, fruto de las oportunidades que el país fue generando y de las que el mercado internacional de granos generó a los productores agrícolas.
En cuanto a la forestación, que en 1990 ocupaba 186.000 hectáreas, en 2011 llegó a 1:071.000 hectáreas, observándose un incremento de un 575 %. Esto fue fruto de otras normas, como la Ley Forestal, que en el año 1990 era muy reciente, pero cuya aplicación con políticas de desarrollo permitió que hoy tenga la incidencia que tiene.
A su vez, cabe preguntarse por qué tiene esa significación el sector agrícola y agropecuario y por qué necesitamos de normas que regulen adecuadamente la utilización del agua. Lógicamente, todas las obras que se realizan para el uso del agua tienen mayor significación en el sector productivo.
El registro de la Dinagua indica que hay seis embalses para consumo humano y 1.260 para el riego; en relación a tomas de agua en cauces naturales, hay 62 registradas para el consumo humano y 483 para el riego; en cuanto a los pozos –es decir el uso del agua de las napas freáticas de nuestro país–, hay 555 pozos registrados para el consumo humano y 1.435 para el riego. Entonces, no hay duda de que el uso del agua es relevante en la producción y es necesario ampliar y sustentar una serie de obras que ya están establecidas, las que, sobre todo, deben regularse en forma muy clara. Eso es lo que también está proponiendo el proyecto de ley que estamos analizando en el día de hoy.
Para ir finalizando, quiero señalar que nuestro enfoque tiende a destacar, por un lado, la importancia que tiene el agua y, por otro, que la política pública que queremos construir tiene en el centro, en primordial nivel, el agua para el consumo humano. Así está establecido en los objetivos del Plan Nacional de Aguas, que son muy claros: agua para el consumo humano y agua para el desarrollo sustentable. Es en esto último que se inscribe el agua para la producción.
Pero insisto en que el primer objetivo es el agua para consumo humano. Quiero dejarlo planteado claramente, porque en el debate sobre la Ley de Riego con Destino Agrario hubo manifestaciones de preocupación en algunos ámbitos acerca de hacia dónde vamos, es decir, si vamos hacia una privatización del uso del agua o hacia el deterioro de su calidad. ¡No! Justamente, queremos avanzar en el desarrollo sostenible de la producción, pero sin dejar de concebir que en la política pública que construimos sobre el uso del agua, ponemos en primer lugar el garantizar cantidad y calidad para el consumo humano.
Esa es la política que implementa nuestro Gobierno, y es con ese enfoque que los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente han formulado este proyecto de ley, que fuera profundamente modificado en la comisión.
En síntesis, entendemos que hay que aprobar esta norma. Sin lugar a dudas, abordaremos en detalle el articulado, y en particular el tema planteado por el señor senador Bordaberry, porque generó preocupación desde el arranque en la comisión y fue largamente considerado con la presencia de los representantes del Instituto de Derecho Agrario de la Universidad de la República –destaco en especial al doctor Guerra–, tal como lo han hecho históricamente, siempre que ha sido requerido el aporte de la universidad.
Es cuanto queríamos exponer. Gracias.
7 de julio 2017