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Proyecto de decreto para incluir advertencia frontal en alimentos

El Ministerio de Salud Pública ha elaborado un Proyecto de Decreto que dispone acompañar de una advertencia frontal a cualquier alimento procesado con el agregado de sodio, azúcares, grasas o grasas saturadas que tenga contenido de dichos nutrientes en valores superiores a los límites que se establecen en el referido Proyecto.

La fundamentación del Proyecto radica en la necesidad de actualizar la normativa referente al rotulado de productos alimenticios, ya que en los últimos años ha habido una fuerte escalada del sobrepeso y la obesidad en la población del país en todos los grupos etarios, que se asocia a una mayor prevalencia de Enfermedades No Transmisibles (ENTs) –incluidas las enfermedades cardiovasculares, el cáncer y la diabetes- a edades cada vez más tempranas.

Existe una relación directa entre el consumo de alimentos procesados que contienen excesiva cantidad de grasas, grasas saturadas, sal y azúcar,   y el desarrollo de sobrepeso y obesidad y la ENTs (Enfermedades No Transmisibles)

En la referida propuesta se destaca que es necesario brindar información objetiva, a través de una herramienta sencilla y accesible,que advierta al consumidor en relación al contenido excesivo de nutrientes que impulsan la escalada del sobrepeso, la obesidad y las ENTs.

Las principales disposiciones del proyecto de Decreto establecen que:

Los alimentos envasados en ausencia del cliente, que sean librados al consumo nacional, alcanzados por el Reglamento Técnico del Mercosur para la Rotulación de Alimentos envasados (aprobado por Decreto N° 117/06), deben contar con una advertencia frontal siempre que en el proceso de elaboración, o en el de alguno de sus ingredientes, se haya agregado sodio, azúcares o grasas, y en cuya composición final el contenido de sodio, azúcares, grasas o grasas saturadas exceda los valores establecidos en el Anexo II del Proyecto de Decreto.

Los valores límites de contenido de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas fueron establecidos siguiendo el Modelo de Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.

Los alimentos deberán constar de una advertencia frontal si superan al menos uno de los siguientes criterios:

Sodio: 1 mg de sodio por 1kcal o 360mg cada 100g.

Azúcares: 10% del valor calórico total.

Grasas: 30% del valor calórico total.

Grasas saturadas: 10% del valor calórico total.

Los responsables del cumplimiento serán los elaboradores, importadores y/o fraccionadores, quienes tendrán la responsabilidad del cumplimiento, veracidad y legibilidad de la advertencia frontal de los alimentos.

La vigilancia del cumplimiento estará a cargo del Ministerio de Salud Pública, las Intendencias Departamentales y el Ministerio de Industria, Energía y Minería. Su incumplimiento dará lugar a la aplicación de sanciones en el marco de la Ley Orgánica de Salud Pública y la Ley N° 19.264.

Los elaboradores, importadores y/o fraccionadores, tendrán un plazo de 12 meses para adecuarse a sus disposiciones.

¿Por qué se propone esta advertencia con un octágono de color negro con la palabra exceso? Porque estudios realizados por la UDELAR, el INDA/MIDES y la evidencia internacional mostraron que este diseño es el que más rápido se identifica en los envases y tiene mayor percepción de riesgo, es el que más rápido se comprende y el que tiene mayor impacto en la percepción del ciudadano y su intención de compra, cuando el alimento contiene sal, grasa o azúcar por encima del límite establecido y agregado durante el proceso de elaboración.

¿Por qué este tema requiere urgente decisión política? Hay suficiente evidencia de la grave situación epidemiológica de adultos y niños, que requieren medidas en el corto plazo. Esta medida facilitará luego impulsar otras,conexas con ésta, como regular los alimentos que se comercializan en centros educativos (por ej. alimentos con sellos de advertencia no se pueden comercializar), la regulación de la publicidad engañosa, o el uso de figuras infantiles en envases que inducen al consumo, especialmente en niños.

Consideramos que esta medida es un excelente punto de partida para poder desarrollar otras que ayuden a generar entornos alimentarios más saludables.

Fuente: La República

21/8/2017