Allanamientos nocturnos

Escribe Lucas Alonso
La bala de plata contra la bocas de droga
“Es la bala de plata contra las bocas de droga y servirá para profundizar la lucha contra el narco”, dijo al semanario Búsqueda Luis Calabria, director general de la Secretaría del Ministerio del Interior.
Hasta el 27 de marzo del 2022, la postura de las autoridades del Ministerio del Interior era que la Ley de Urgente Consideración formaba parte de la herramienta para el combate al delito, y es curioso que pasado el referéndum afloraran otros elementos que pretenden imponerse ante la opinión pública como un nuevo y necesario instrumento para combatir el crimen que es el allanamiento nocturno como “la bala de plata contra las bocas de drogas”.
Si miramos las nuevas cifras de delitos presentadas por el Ministerio del Interior, vemos que hay un aumento sostenido y en especial un aumento del delito de homicidio con un 33%, por lo que hace pensar que esta propuesta de las autoridades no es más que una excusa para justificar en el año 2024 el fracaso en materia de seguridad.
La Constitución al día de hoy
“El hogar es un sagrado inviolable. De noche nadie podrá entrar en él sin consentimiento de su jefe, y de día, sólo de orden expresa de Juez competente, por escrito y en los casos determinados por la ley”.
El artículo 11 de la Constitución comienza refiriéndose al “hogar”. El constituyente utiliza un término más restringido en cuanto al espacio que “la casa”. Por ejemplo, al día de hoy, los inspectores de la Dirección General de Trabajo pueden sin ningún impedimento legal penetrar en un local comercial que integra el edificio en el cual vive el dueño del negocio.
Cuando hablamos de la inviolabilidad del “domicilio”, no es el domicilio definido por el Código Civil, que presupone una relación jurídica que vincula a una persona con determinado lugar, sino el lugar de habitación. Por lo cual, un local abierto al público, como lo es una boca de droga, no está protegido por la disposición constitucional, ergo, al día de hoy, un magistrado puede autorizar un allanamiento nocturno donde se presume que existe una boca de droga.
Es de destacar que la inviolabilidad se encuentra regulada desde nuestra primera Constitución. Durante las discusiones para la redacción de la Constitución de 1830 existieron críticas a esta disposición donde se sostenía que se ampara el delito nocturno en los hogares, por lo cual el constituyente Solano Gracia, contestó que en esos casos, “cualquier Magistrado debía tomar todas las precauciones necesarias para evitar la fuga de los delincuentes, sin necesidad de declararlo constitucionalmente”.
Garantías
El derecho se aplica en la sociedad, por lo cual siempre hay que entender el contexto de esa sociedad para ponderar la conveniencia o no de ciertos institutos o preceptos jurídicos.
La LUC vino a dividir al Uruguay en dos mitades y la campaña oficialista en el referéndum de los 135 artículos de la LUC, impuso una falsa dicotomía donde votar NO era apoyar a la Policía y el votar SI era estar en contra de la misma. Discurso que cae porque las mismas autoridades que dicen apoyar a la Policía, son quienes hoy los han sumido en el abandono salarial y poca inversión en cuanto a operativa.
Antes de proponer los allanamientos nocturnos, existen otros elementos para combatir el narcotráfico. En el caso de la lucha contra el micro tráfico el aumentar el patrullaje en horas de la noche que impida el libre tránsito de los deliverys de droga podría ayudar a disminuir el acceso o desincentivar el consumo. El crimen utiliza las reglas de marketing para captar adeptos, del mismo modo el Estado debe usar de ellas para combatir al crimen. No es con más represión ni limitando derechos que se conseguirán mejores resultados, sino aplicando las mismas reglas del mercado con las que se podrían obtener mejores y más eficaces resultados. Por otro lado, en el combate a los grandes agentes del narcotráfico la principal medida es más transparencia en cuanto a la trazabilidad del dinero, elemento que la LUC va en contracorriente con la tendencia internacional, habilitando prácticas de dudosa reputación, legalidad y legitimidad con grandes sumas dinerarias.
Otras posibles consecuencias son respecto a los riesgos para los propios funcionarios policiales en escenarios donde la nocturnidad y posibles enfrentamientos son elementos que aumentan el riesgo considerablemente y hasta podrían involucrar a terceros inocentes. (Sin descontar los errores en los que podrían incurrir en razón de los territorios donde se asientan mayormente las bocas de droga, que hacen difícil de día identificar correctamente las locaciones cuánto más en horas de la noche).
Antes que apostar por la «bala de plata» de los allanamientos nocturnos, se debería instalar un plan integral de lucha contra el narcotráfico -el cual al día de hoy Uruguay carece- que también ataque a los grandes agentes del narcotráfico.
-Agradecemos a los compañeros Charles Carrera y Fernando Gil por sus aportes en materia de seguridad para la construcción de este artículo-.
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